Importante: a fecha de hoy, el texto (fechado el 13 de abril de 2026) sigue en tramitación y no ha entrado en vigor. El plazo vigente en España continúa siendo de 3 días hábiles. En este artículo te explicamos qué propone el proyecto, cuándo podría aplicarse y cómo preparar a tu empresa para el cambio sin arriesgarte a una sanción mientras tanto.
| Concepto | Plazo actual (vigente) | Plazo propuesto (BOE) |
|---|---|---|
| Días hábiles para comunicar la baja | 3 días | 6 días |
| Sistema de comunicación | RED / SILTRA-Importass | RED / SILTRA-Importass (sin cambios) |
| Sanción por incumplimiento | Infracción leve (art. 22 LISOS) | Infracción leve (art. 22 LISOS) |
| ¿Está en vigor? | Sí | No — en tramitación |
¿Cuál es el plazo actual para comunicar una baja a la Seguridad Social?
Hoy, las empresas españolas disponen de 3 días hábiles desde la baja médica o el fin de contrato de un trabajador para comunicarlo a través del sistema RED (integrado en SILTRA/Importass). Incumplir este plazo se considera infracción leve según el artículo 22 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), con la consiguiente sanción económica.
Para sectores con alta rotación —hostelería en temporada alta, seguridad, limpieza con subrogaciones frecuentes o transporte con bajas por IT recurrentes—, 3 días hábiles se quedan cortos cuando coinciden varias bajas a la vez o hay picos de carga administrativa.
Qué propone el nuevo proyecto de real decreto
La medida estrella del proyecto es ampliar el plazo de comunicación de bajas y variaciones de datos de trabajadores de 3 a 6 días hábiles. El objetivo declarado es reducir la carga administrativa de empresas y asesorías laborales sin perder calidad en el dato que llega a la Seguridad Social.
El texto también incluye otros cambios relevantes que conviene tener en el radar:
| Cambio | Qué implica | Para quién |
|---|---|---|
| Plazo de comunicación de bajas | De 3 a 6 días hábiles | Todas las empresas |
| Deudas por contingencias profesionales | Quedan excluidas del aplazamiento | Empresas con deudas SS |
| Umbral SMI para aplazamientos sin garantías | Baja del doble del SMI a 1 mensualidad (~1.184 €/mes en 2026) | Pymes y autónomos |
| Código de ocupación laboral (CNO) | Nueva obligación de comunicarlo por trabajador | Todas las empresas |
| Tramitación de aplazamientos | Resolución automatizada en casos sencillos | Empresas y gestorías |
¿Cuándo entra en vigor? Lo que hay que tener claro
El proyecto todavía no es ley. Para entrar en vigor debe completar su tramitación: informe del Consejo de Estado, aprobación en Consejo de Ministros y publicación en el BOE. Hasta que eso ocurra, el plazo de 3 días hábiles sigue siendo el vigente y las sanciones por incumplirlo también.
| Fase de tramitación | Estado |
|---|---|
| 1. Redacción del proyecto (13 abril 2026) | Cumplido |
| 2. Informe del Consejo de Estado | Pendiente |
| 3. Aprobación en Consejo de Ministros | Pendiente |
| 4. Publicación en el BOE | Pendiente |
| 5. Entrada en vigor | Pendiente |
La recomendación práctica es no relajar los procesos internos de comunicación de bajas todavía, pero sí empezar a revisar los procedimientos y la codificación CNO de la plantilla para no llegar tarde cuando la norma se publique.
Qué significa esto para pymes de hostelería, transporte y limpieza
Estos sectores concentran buena parte de las bajas y variaciones que se comunican cada mes a la Seguridad Social, muchas veces gestionadas manualmente por una sola persona o por una gestoría con decenas de clientes en cartera. Un plazo más amplio ayuda, pero no resuelve el problema de fondo: la falta de automatización en el día a día de altas, bajas e IT.
Aquí es donde una plataforma como Valeria marca la diferencia. En lugar de depender de que alguien recuerde comunicar una baja a tiempo, Valeria gestiona altas, bajas e incapacidades temporales de forma automática y 24/7, directamente por WhatsApp, sin esperar al horario de oficina de una gestoría tradicional ni acumular tareas para el cierre de mes.
Cómo evitar sanciones mientras la norma sigue en trámite
Mientras el plazo de 3 días siga vigente, la forma más segura de no incurrir en infracciones leves es eliminar la dependencia de procesos manuales:
| Acción | Por qué importa |
|---|---|
| Comunica la baja en el momento del hecho causante, no en lote | Evita acumular varias bajas cerca del límite de días |
| Centraliza altas, bajas e IT en un solo canal | Evita que se pierdan avisos entre gestoría, RRHH y dirección |
| Añade supervisión humana antes de enviar a la SS | Reduce errores de dato, tan sancionables como los retrasos |
| Revisa ya la codificación CNO de tu plantilla | Te adelantas a la nueva obligación antes de que se publique |
Antes
Generación: Manual (por RRHH o la gestoría) tras la baja.
Envío: Había que subirlo a mano al Sistema RED.
Ahora con Valeria
Generación: Se genera automáticamente al recibir el archivo.
Envío: Se sincroniza de forma automática con la Seguridad Social.
Cumple los plazos sin depender de terceros
Valeria sustituye a la gestoría tradicional con un agente de IA disponible 24/7. Las bajas, altas e incapacidades se gestionan en tiempo real, tanto si tu plazo es de 3 días como de 6.



